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Una
tercera sentencia del TSJ impide la construcción de la estación de San
Glorio
-->>[El
Mundo] [09/09/08 | 13:23 h.]
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Los ecologistas creen que la nueva resolución ratifica los argumentos de
la primera
* No existe justificación para permitir el complejo invernal en el
espacio natural
ICAL
PALENCIA.- El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León
emitió una tercera sentencia, en la misma línea que otras dos
anteriores, en la que anula el decreto que la Junta aprobó en marzo de
2006 para modificar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales
(PORN) del Parque de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina,
lo que impide la construcción de la estación de esquí de San Glorio.
El texto judicial, según señalaron fuentes de Ecologistas en Acción
-organización que presentó un recurso- entiende que no existe una
justificación clara para permitir en el espacio natural el complejo
invernal que promueve la sociedad Tres Provincias en el límite de las
provincias de León y Palencia.
La sentencia se suma a otras dos ya emitidas con anterioridad contra un
decreto de la Junta que modificó otro de 1998, por el que aprobó el Plan
de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del espacio protegido. Así,
el dictamen da la razón a los argumentos de los recursos individuales de
Ecologistas en Acción y de la Asociación Defensa Recursos Naturales de
Cantabria (Arca), junto al recurso conjunto de la Fundación Oso Pardo
(FOP), el Fondo para la Protección de Animales Salvajes (Fapas), la
Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) y WWF/Adena.
Los recursos habían sido avalados por numerosos informes de expertos y
científicos de distintas universidades
Los grupos ecologistas han solicitado reiteradamente a las Cortes y a la
Junta que retire su apoyo al proyecto de esquí en San Glorio y que
elabore un Plan de Desarrollo Sostenible que garantice la mejora de las
comarcas de montaña de Palencia y León.
Los colectivos ecologistas creen que la nueva sentencia no hace más que
ratificar los argumentos esgrimidos en la primera fallada en enero de este
año ante el recurso presentado por Arca.
Sin argumentos
Así, la resolución judicial apunta que la Junta no motivó
suficientemente por qué cinco años más tarde aprobó un PORN que
permite la construcción de estaciones de esquí cuando en el anterior
plan este tipo de infraestructuras eran incompatibles con la conservación
de los espacios naturales protegidos. Según la sentencia el Tribunal
Superior de Justicia, el Ejecutivo autonómico "no ha variado
suficientemente" las circunstancias medioambientales desde la redacción
del PORN, ya que este espacio tiene un carácter "excepcional"
desde el punto de vista geomorfológico, paisajístico y biológico, con
numerosas especies protegidas.
De esta manera, la resolución judicial anula las modificaciones del PORN
de la Montaña Palentina e impide que las futuras Directrices de Ordenación
de Ámbito Subregional para la Montaña Cantábrica Central de la Junta
puedan incluir la construcción de la estación de esquí.
Las asociaciones ecologistas consideran que el proyecto de San Glorio es
inviable económicamente y tiene un alto impacto ambiental en un lugar
protegido.
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